Separaciones
Si ha llegado el momento de abordar una separación, debes saber que ésta se puede producir de dos maneras:
Separación de hecho
Cuando, unilateralmente o de mutuo acuerdo, los cónyuges ponen fin a su relación y emprenden vidas por separado
Separación por vía judicial
Cuando se presenta una demanda y se obtiene una sentencia.

¿Cuál es la diferencia entre separación y divorcio?
La principal diferencia está en que el divorcio sí disuelve el vínculo matrimonial, al igual que la muerte o declaración de fallecimiento. A efectos prácticos: si se desea volver a contraer matrimonio no valdría solo con la separación.
¿Es obligatorio separarse judicialmente?
Es necesario que se haga judicialmente cuando existan hijos menores, o incapacitados, no obstante, se trata de un proceso muy sencillo.


¿Cuáles son los trámites?
El procedimiento de separación puede iniciarse a petición de uno solo de los cónyuges, a petición de ambos o a petición de uno con el consentimiento del otro. El único requisito es que hayan transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio. Una vez vencido este periodo, se puede presentar la demanda de separación, acompañada de una propuesta de convenio.