Separaciones

Si ha llegado el momento de abordar una separación, debes saber que ésta se puede producir de dos maneras:

Separación de hecho

Cuando, unilateralmente o de mutuo acuerdo, los cónyuges ponen fin a su relación y emprenden vidas por separado

Separación por vía judicial

Cuando se presenta una demanda y se obtiene una sentencia.

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¿Cuál es la diferencia entre separación y divorcio?

La principal diferencia está en que el divorcio sí disuelve el vínculo matrimonial, al igual que la muerte o declaración de fallecimiento. A efectos prácticos: si se desea volver a contraer matrimonio no valdría solo con la separación.

¿Es obligatorio separarse judicialmente?

Es necesario que se haga judicialmente cuando existan hijos menores, o incapacitados, no obstante, se trata de un proceso muy sencillo.

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¿Cuáles son los trámites?

El procedimiento de separación puede iniciarse a petición de uno solo de los cónyuges, a petición de ambos o a petición de uno con el consentimiento del otro. El único requisito es que hayan transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio. Una vez vencido este periodo, se puede presentar la demanda de separación, acompañada de una propuesta de convenio.

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